La unión hace la fuerza. Y en la gestión de activos financieros, más. Soy un claro defensor de la inversión colectiva, es decir, de que un grupo de inversores, con independencia de la magnitud de su riqueza, se unan para tomar decisiones de forma conjunta sobre qué activos comprar o vender, para obtener todos ellos la misma rentabilidad, independientemente del importe invertido.
Así es como nació hace ya más de tres siglos la inversión colectiva. Hoy es el principal vehículo de ahorro de los particulares en los países desarrollados. Su principal alternativa es la inversión directa, es decir, la compra de forma individual de acciones, de bonos, de divisas, etc. Pero pienso en un pequeño ahorrador que quiera contar con una cartera diversificada de activos y totalmente líquida, y encuentro en la inversión colectiva la mejor opción.
En España existen dos instituciones de inversión colectiva: los fondos de inversión y las sociedades de inversión (más conocidas como SICAV). Su tratamiento fiscal (tanto el del vehículo como el del inversor) es el mismo.
El fondo y la SICAV tributan anualmente por los beneficios que obtenga, en concreto, un 1% (lo cual no sucede con la inversión directa de activos financieros, que no tributa por ellos). Y el inversor, igual que sucede con las acciones o los bonos, paga impuestos tanto por los dividendos que recibe como por la plusvalía que obtiene cuando vende sus participaciones.
Si las dos son instituciones de inversión colectiva y tienen el mismo tratamiento fiscal, ¿por qué es necesaria la existencia de las dos?, ¿qué las diferencia? La diferencia es su forma jurídica, con implicaciones en la operativa. Así, en un fondo, los partícipes delegan la toma de decisiones en el gestor. En una SICAV, como sociedad anónima que es, son los accionistas los que deciden qué hacer con el dinero. El accionista de una SICAV es dueño de las decisiones que se toman; en un fondo lo es la gestora.
Otro elemento diferencial de una SICAV respecto a un fondo es que la compra y venta se puede realizar desde cualquier entidad financiera. Para ello, como acción cotizada que es, sólo se necesita contar con una cuenta de valores, es decir, exactamente lo mismo que si se desea comprar acciones de Telefónica. Pero para adquirir un fondo es necesario abrir una cuenta en la entidad financiera que gestiona el fondo.
Una SICAV es una de las mejores vías para democratizar la gestión de las finanzas personales. Y sí, independientemente del volumen de la inversión, porque como ya hemos comentado, la rentabilidad es la misma para todos los partícipes. Da igual que tenga invertidos 5 millones de euros que 100 euros. Porque no existe un importe mínimo para comprar acciones de una SICAV. Un pequeño ahorrador puede adquirir una sola acción de cualquiera de las más de 3.000 sociedades cotizadas en España y unir así la evolución de su inversión a la de los casi 30.000 millones de euros invertidos en esta institución de inversión colectiva.
La SICAV es uno de los vehículos de inversión más eficientes para un pequeño ahorrador. Cuestión distinta es que, hasta ahora, las hayan utilizado en mayor medida las grandes fortunas.
Así es como nació hace ya más de tres siglos la inversión colectiva. Hoy es el principal vehículo de ahorro de los particulares en los países desarrollados. Su principal alternativa es la inversión directa, es decir, la compra de forma individual de acciones, de bonos, de divisas, etc. Pero pienso en un pequeño ahorrador que quiera contar con una cartera diversificada de activos y totalmente líquida, y encuentro en la inversión colectiva la mejor opción.
En España existen dos instituciones de inversión colectiva: los fondos de inversión y las sociedades de inversión (más conocidas como SICAV). Su tratamiento fiscal (tanto el del vehículo como el del inversor) es el mismo.
El fondo y la SICAV tributan anualmente por los beneficios que obtenga, en concreto, un 1% (lo cual no sucede con la inversión directa de activos financieros, que no tributa por ellos). Y el inversor, igual que sucede con las acciones o los bonos, paga impuestos tanto por los dividendos que recibe como por la plusvalía que obtiene cuando vende sus participaciones.
Si las dos son instituciones de inversión colectiva y tienen el mismo tratamiento fiscal, ¿por qué es necesaria la existencia de las dos?, ¿qué las diferencia? La diferencia es su forma jurídica, con implicaciones en la operativa. Así, en un fondo, los partícipes delegan la toma de decisiones en el gestor. En una SICAV, como sociedad anónima que es, son los accionistas los que deciden qué hacer con el dinero. El accionista de una SICAV es dueño de las decisiones que se toman; en un fondo lo es la gestora.
Otro elemento diferencial de una SICAV respecto a un fondo es que la compra y venta se puede realizar desde cualquier entidad financiera. Para ello, como acción cotizada que es, sólo se necesita contar con una cuenta de valores, es decir, exactamente lo mismo que si se desea comprar acciones de Telefónica. Pero para adquirir un fondo es necesario abrir una cuenta en la entidad financiera que gestiona el fondo.
Una SICAV es una de las mejores vías para democratizar la gestión de las finanzas personales. Y sí, independientemente del volumen de la inversión, porque como ya hemos comentado, la rentabilidad es la misma para todos los partícipes. Da igual que tenga invertidos 5 millones de euros que 100 euros. Porque no existe un importe mínimo para comprar acciones de una SICAV. Un pequeño ahorrador puede adquirir una sola acción de cualquiera de las más de 3.000 sociedades cotizadas en España y unir así la evolución de su inversión a la de los casi 30.000 millones de euros invertidos en esta institución de inversión colectiva.
La SICAV es uno de los vehículos de inversión más eficientes para un pequeño ahorrador. Cuestión distinta es que, hasta ahora, las hayan utilizado en mayor medida las grandes fortunas.