El Tratado de Lisboa (2009) incrementó como nunca antes los poderes y competencias del Parlamento Europeo (PE). La entrada en vigor de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE (CDFUE), "con el mismo valor jurídico que los Tratados" (art. 6 TUE), hace del PE legislador de los derechos fundamentales de los europeos, mandatado a componer un estatuto de ciudadanía vinculante para los Estados miembros (EEMM) e invocable en toda la UE. Entre estos derechos destaca la garantía de la privacidad (art.8 CDFUE), equivalente a lo que en España conocemos como "derecho a la intimidad personal y familiar, al honor y a la propia imagen" (art.18 CE). Se trata de un derecho fundamental que protege a todos los ciudadanos europeos. Es un derecho sujeto, como todos los demás, a las cláusulas de la propia CDFUE que permiten su limitación por norma con de rango de ley, siempre que se observen las condiciones de necesidad imperiosa y proporcionalidad de la medida subordinada a un fin legitimo.
Las revelaciones acerca del programa PRISM (espionaje ─surveillance sobre las comunicaciones electrónicas de los europeos por parte de la Agencia de Seguridad de los EEUU (NSA) ─, por su carácter masivo y sostenido en el tiempo, han sacudido a Europa entera.
Hasta ahora la única institución que ha hecho su trabajo y ha dado señales de vida y preocupación al respecto ha sido precisamente el PE. Asume así su deber de reflejar la indignación de millones de europeos, consternados no sólo por las interceptaciones de las conversaciones de sus gobernantes, sino de las suyas, las nuestras, las de todos y cada uno, incluido el más modesto/a de los ciudadanos/as europeos/as.
Tanta inquietud se recrudece ante las indicaciones de que el almacenamiento de datos de los europeos (además de los que se han captado a la propia ciudadanía de EEUU) no tiene conexión objetiva con la prevención de ataques terroristas: ¿Alguien imagina a una embajada europea o una institución de la UE complotando o maquinando contra la seguridad de los EEUU?
La Comisión de Libertad, Justicia e Interior del PE ─que tengo el honor de presidir desde el inicio de la legislatura─ ha puesto en marcha una investigación parlamentaria (LIBE inquiry). Y ha llamado a comparecer a cuantos expertos, periodistas especializados (entre ellos, los principales autores de las informaciones en la prensa británica, alemana y francesa, así como a los responsables institucionales en materia de privacidad. El objetivo es elaborar un Informe de conclusiones con propuestas parlamentarias para reforzar los derechos de la ciudadanía europea, y requerir a la Comisión y al Consejo las consecuencias políticas que la mayoría de la Cámara pueda estimar oportunas. El calendario de sus trabajos se extiende hasta el mes de febrero, bordeando pues el final de la Legislatura 2009-2014.
Un punto fuerte de la agenda de trabajo de esta Investigación ─que presido en mi condición de presidente de la Comisión de Libertades─ lo señala la programación de una videocomparecencia del exanalista Edward Snowden, supuestamente oculto en Rusia de la persecución internacional que la seguridad estadounidense ha activado en su contra. La votación efectuada en la Comisión de Libertades para autorizar este intercambio de puntos de vista con sus miembros constituye, a buen seguro, una decisión controvertida, no exenta de riesgos ni de críticas. Pero es un acto parlamentario, inobjetable en su coherencia con el objetivo de la investigación, y comprometido con la voluntad de esclarecer aquellas revelaciones y deducir lecciones relevantes para garantizar la privacidad de los europeos. Entre esos modelos cabe esperar el refuerzo de la legislación europea sobre privacidad (Data Protection Package), la reforma institucional de las autoridades europeas y nacionales de protección de datos, y una protección especial para quienes revelen prácticas inaceptables contra la garantía de la privacidad de los europeos (whistleblowers).
Es sabido que las autoridades estadounidenses no cooperan con jurisdicciones extranjeras en ningún objetivo que estimen conexo a su seguridad nacional. Tampoco con el PE. Es presumible también que el formato de la eventual comparecencia de Snowden ─mensaje videograbado con técnicas adecuadas para evitar su trazabilidad─ pueda producir frustración o incluso ser denostado por la derecha del PE (PP, y, a su extrema derecha, cerca de un centenar de diputados eurofóbos). Pero también que el PE es la única institución que se ha tomado en serio un asunto que lo es. No sólo ha tachado de inaceptables estas prácticas indiscriminadas, sino que se ha planteado la reconsideración al respecto de la interlocución bilateral con EEUU, especialmente a la luz de la negociación en curso. Ha requerido la suspensión del acuerdo SWIFT (Transmisión de datos de transacciones financieras) y del acuerdo Safe Harbor ("puerto seguro" para las transmisión de datos personales)
EEUU es un actor global, aliado estratégico de la UE y socio necesario en la diplomacia europea. Merece el mayor respeto por parte de los europeos: tanto su Gobierno como sus instituciones y sus ciudadanos. Pero también la UE tiene derecho a demandar respeto y reciprocidad en el trato que le dispensan a sus autoridades y a los ciudadanos las autoridades estadounidenses. Es preciso que la ciudadanía europea disponga de acceso al sistema de recursos judiciales en EEUU, como los estadounidenses acceden a la protección judicial en la UE y en sus EEMM.